Aviso de Privacidad

Con fundamento en los artículos 15 y 16 de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, hacemos de su conocimiento que Fundación Marillac AC ., con domicilio en Frontera núm. 60, colonia Tizapán San Ángel, delegación Álvaro Obregon, C. P. 01090, CDMX. es la responsable de recabar sus datos personales, del uso que se le dé a los mismos y de su protección.
Le informamos que su información personal será utilizada explícitamente para cumplir el objetivo de Fundación Marillac AC que es : apoyo en costos académicos como es colegiaturas, vivienda y alimentación a las alumnas/os muy especialmente los becarios por Fundación Marillac AC, sin distinción de edad, sexo, raza, color o creencia religiosa. 

Fundación Marillac AC no vende ni negocia con ninguna persona física o moral las bases de datos personales de sus alumnos, clientes, empleados o proveedores.

Para brindarle nuestros servicios, antes mencionados, podemos requerirle datos personales, o de la empresa donde labora. Es importante informarle que usted tiene derecho al acceso, rectificación y cancelación de los datos antes mencionados, a oponerse al manejo de los mismos o a revocar el consentimiento que para dicho fin nos haya otorgado de acuerdo a los términos de la “ Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares ”. Para ello, dirija su solicitud por escrito en los términos que marca la ley en su Art. 29 al responsable de Fundación Marillac AC ubicado en la dirección antes mencionada, o dirigiéndose a la dirección operativa de Fundación Marillac AC, correo electrónico: fundacionmarillac@live.com.mx.

Hacemos de su conocimiento que, dependiendo del caso, algunos de sus datos podrán ser trasferidos a los diferentes aéreas de Fundación como del Instituto Marillac ( contable, comunicación , pag web del Instituto Marillac IAP , face book o bien a instituciones benefactoras y/ o empresas de las que se reciben fondos para financiar las colegiaturas y la vivienda etc.) o a empresas externas contratadas exclusivamente con el objetivo único de cumplir con las finalidades para las cuales nos ha proporcionado sus datos que es brindarle nuestros servicios.

En este sentido, sólo la información mínima necesaria en cada caso podrá ser compartida con las empresas asociadas con las que Fundación Marillac, AC , trabaja para brindar sus servicios indicados en el objetivo ( ver párrafo segundo, anterior ).
En caso de que no haya oposición expresa de su parte para que sus datos personales sean transferidos en la forma y términos antes descrita, entenderemos que ha otorgado su conocimiento en forma tácita para que mantengamos vigente su información.

Objetivo ´QUINTO.- El Objeto de ´Fundación Marillac´ será: 

I. Participar y contribuir en el otorgamiento de becas de conformidad con el Reglamento de Becas de la Asociación, para apoyar a estudiantes de enfermería en sus diferentes niveles escolares, principalmente del Instituto Marillac I.A.P. o de cualquier otra institución educativa a fin a dicha carrera, siempre y cuando cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios o cuando se trate de instituciones del extranjero, éstas estén reconocidas por reconocimiento de validez oficial de estudios o cuando se trate de instituciones del extranjero, éstas estén reconocidas por el CONACYT. Dichas becas se otorgarán mediante concurso abierto al público en general y su asignación será con base en la capacidad académica del candidato. La asociación procurará otorgar dichas becas a favor de estudiantes cuya condición económica sea limitada y cuya capacidad académica sea motivo de estímulo y soporte, para que realicen, continúen y concluyan sus estudios y especializaciones, en beneficio de la sociedad en general y en específico de aquellas personas que sufran de cierta discapacidad en su organismo. 

II. Participar y contribuir en las labores de promoción, apoyo del arte y la cultura en términos de la Ley del Instituto Nacional para las Artes, en sus diferentes expresiones adquiriendo un compromiso social para la difusión del sector cultural y artístico en beneficio de la sociedad en general. 

III. La asociación podrá apoyar a los estudiantes de escasos recursos, proveniente (sic) de regiones marginadas, brindando atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, uniformes y vivienda.´ 

IV. . La obtención de recursos, así como la administración de los mismos a nivel nacional e internacional, a través de aportaciones voluntarias y donativos de cualquier persona física o moral, mismos que deberán ser deducibles de impuestos para sus donantes. Previa autorización de las autoridades correspondientes, con el fin de cumplir con el objeto social de Fundación Marillac 

V. La administración de los recursos tanto en numerario como en especie. 

VI.. La compra , adquisición arrendamiento, comodato y en general a tenencia bajo cualquier título de cualquier equipo que sea necesario para cumplir con el objeto social de Fundación Marillac; 

VII, LA compra, adquisición, arrendamiento, obtención en comodato y en general la tenencia bajo cualquier titulo de cualquier equipo necesario o actualización de los existentes que sea necesario e indispensables para dar cumplimiento al objeto social. 

VIII, La construcción, edificación, rehabilitación, compra venta arrendamiento, obtención en comodato o usufructo, posesión bajo cualquier titulo, de bienes muebles e inmuebles, así como la constitución de derechos reales sobre los mismos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social de Fundación Marillac A.C. 

IX. La formación y desarrollo de grupos de personas físicas que, de forma voluntaria , deseen colaborar con los fines de Fundación Marillac y adherirse a las actividades de procuración de fondos y cualquier otra relacionada con su objeto social; 

X, La obtención de permisos, licencias, autorizaciones gubernamentales por cuenta propia a través de terceros, que sean necesarios para llevar a cabo los fines de Fundación Marillac, en especial los que sean necesarios para el cumplimiento y ejercicio de la obligaciones y derechos a los que se comprometan con la autorización de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público para recibir donativos deducibles de impuestos para sus donantes. 

XI. La suscripción, emisión, Aceptación, endoso en procuración y en general la negociación de toda clase de títulos de crédito necesarios para el cumplimiento de los fines de la Fundación Marillac AC. 

XII. La obtención de créditos o préstamos de cualquier naturaleza así como la recepción de garantías que apoyen el cumplimiento del objeto social. La adquisición y cesión de derechos, así como la adquisición o enajenación, sea temporal o definitiva, de cualquier modo permitido por la Ley. , por cualquier titulo de marca, patentes, nombres comerciales e industriales derechos de autor, opciones y licencias permitidas por la ley, y en general todo tipo de derecho de propiedad intelectual. 

XIII. La obtención de donativos derivados de la promoción y difusión de música, artes plásticas, artes dramáticas, cinematografía, apoyo a las actividades e investigación artística y del apoyo a las actividades y objetivos del Consejo Nacional para la Cultura y Las Artes. XV En general la realización de toda clase de actos jurídicos o materiales, la celebración de convenios y el cumplimiento de los mismos, que sea necesario o convenientes para realizar los fines de Fundación MARILLAC. 

Cualquier modificación a este aviso de privacidad podrá consultarlo directamente en fundacionmarillacmx.org
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